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miércoles, 16 de octubre de 2013

La Audiencia condena por revelación de secretos a los dos policías del ‘caso Faisán’

La Audiencia condena por revelación de secretos a los dos policías del ‘caso 

La Audiencia Nacional ha resuelto el caso Faisán con una condena, de un año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación, a los dos policías imputados por revelación de secretos pero descarta su colaboración con banda terrorista. El tribunal desoye así la petición de la Fiscalía que, por orden del fiscal general Eduardo Torres-Dulce, acusó a Enrique Pamiés, exjefe superior de policía del País Vasco, y a José María Ballesteros, inspector de Información, de colaboración con ETA.
La Audiencia entiende que el comisario Pamiés, antiguo jefe superior de Policía en el País Vasco y el inspector Ballesteros no realizaron una "acción directa" para "favorecer una actuación puntual de ETA o la actividad de la banda terrorista, sino que iba encaminada en un sentido distinto, pues la acción ejercitada fue guiada por la finalidad dentro del concepto de acción final de que no se pudiera entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA".
La sección tercera de la sala de lo penal condena a los policías, además, a inhabilitación especial por un plazo de cuatro años e insiste en que la acción de los acusados, "tendente a favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada, no puede considerarse que lesionó o puso en peligro el bien jurídico protegido", en este caso la convivencia pacífica entre los ciudadanos y el orden constitucional.
La abogada del comisario Pamies, María Ponte, ha anunciado que recurrirá la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo. "Estamos muy decepcionados tanto por el resultado como con la motivación de la sentencia", ha afirmado la letrada. Por su parte, el Sindicato Unificado de Policía (SUP), que paga la defensa de Ballesteros, afirma que "esta condena ha sido impuesta por un Tribunal y empujada desde el Gobierno y el PP, que ya tiene las cabezas de turco que buscaba para usarlos en la disputa política en un comportamiento tan miserable como habitual".
El efecto de la inhabilitación no supone al apartamiento de los policías del cuerpo de forma inmediata. La Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía considera una falta muy grave "haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas". En caso de que la sentencia sea confirmada por el Supremo, las sanciones disciplinarias no son obligatorias. La Ley dice que "pueden imponerse" la separación del servicio (la expulsión del cuerpo), la suspensión de funciones de tres meses a seis o el traslado forzoso.
La Audiencia considera probado que Pamiés comunicó al dueño del bar Faisán de Irún, Joseba Elosua, los detalles de la operación policial que ese día iba a desmantelar la red de extorsión económica de ETA con centro en su establecimiento. La comunicación se realizó a través de un teléfono móvil que entregó al hostelero el inspector jefe José María Ballesteros.
El tribunal, en un fallo del que ha sido ponente Antonio Díaz Delgado, considera que el comisario Pamies actuó “con el designio de no entorpecer la situación política abierta de diálogo, para acabar con la actividad de ETA”. Para ello, buscó a José María Ballesteros, inspector de Vitoria no vinculado a la lucha contra la banda terrorista –era experto en yihadismo- y le encomendó que “entrara en el Bar Faisán en la mañana de 4 de mayo de 2006 y, por su mediación le permitiera avisar al [dueño del bar y encargado de una subred del aparato de extorsión etarra] Joseba Elosua de que el recaudador de la banda, José Antonio Cau Aldalur no acudiera a España porque iba a ser detenido”.
A través de esa llamada, considera el tribunal "Pamies le dio a Elosua datos y detallers de la operación policial en marcha para detener al aparato de extorsión de ETA. Para hacer creíble su mensaje, el comisario le dijo que sabía que el 4 o 5 de mayo Elosua iba a tener una cita con él para darle "nueve botellas de vino (nueve millones de pesetas en argot)" y que no dijera a nadie que le había llamado "para no fastidiar todo el proceso".
Con esta información, Elosua se desplazó a Francia junto con su yerno, Carmelo Luquín, para prevenir a Cau, después de no lograrlo por teléfono. En su encuentro, en Bayona, Elosua y Luquín entregaron al recaudador etarra un paquete de periódicos, entre los que los investigadores sospechan que se ocultaban los 9 millones de pesetas.
Ante la detención fallida en España de Cau Aldanur y Elosua, el jefe de la investigación contra el aparato de extorsión, el comisario Carlos Germán, solicitó a las autoridades francesas que detuviera a ambos en su territorio. Sin embargo, esto no se consiguió porque la juez antiterrorista Laurence Levert no tenía elementos suficientes para dar luz verde a la operación.
Con posterioridad, la subred del aparato de extorsión etarra fue desmantelada el 22 de junio de 2006. Sus miembros todavía están pendientes de juicio.
En sus fundamentos jurídicos, el tribunal tiene fundamentalmente en cuenta el hecho de que Ballesteros admitió haber entrado y salido en bar Faisán en varias ocasiones en la mañana del chivatazo y en el hecho de que ambos policías reconocieron haber hablado por teléfono a las 11.23 del 4 de mayo de 2006, momento en que la investigación sitúa la filtración. Los tres magistrados consideran que la declaración del confidente de Pamies en ETA apodado Romano, que aseguró que las llamadas tenían que ver con la cobertura de su encuentro en el sur de Francia, es una coartada que "poco creíble"

 http://politica.elpais.com/politica/2013/10/15/actualidad/1381834864_873952.html

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