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miércoles, 12 de junio de 2013

Así vendía Blesa las preferentes

Así vendía Blesa las preferentes


 
El primer argumentario de Caja Madrid para vender preferentes prometía en 2004 una rentabilidad mínima anual del 3% hasta 2019.
Uno de los documentos que analizará la Audiencia Nacional en su instrucción del caso de venta de preferentes de Caja Madrid es el argumentario distribuido en 2004 en las sucursales para la primera gran emisión de preferentes de la entidad.

Como se puede ver en el extracto reproducido en esta página, lo que había que decir a la clientela es que lo que se adquiría era una maravilla inigualable con rentabilidad segura hasta 2019 para empezar. Zapatero acababa de llegar al poder y si algún cliente conservador de la caja tenía dudas de cómo iba a ir la economía, la entidad presidida por Miguel Blesa, ofrecía una rentabilidad mínima del 3% en los siguientes 15 años. Un 3% no estaba nada mal en aquella época de bonanza y de, sin embargo, bajos tipos de interés, lo que iba haciendo crecer la burbuja.
 En el argumentario, los directores de sucursales debían resaltar que a partir del quinto año se podían amortizar anticipadamente las preferentes y que si los clientes querían venderlas, no tendrían problema alguno en hacerlo: "Habrá un mercado secundario en el que Caja Madrid dará liquidez ofreciendo precios de compra y venta mediante la operativa habitual".
A las sucursales se les decía que era un producto apto "para cualquier inversor". Ante la pregunta  "¿Quién puede invertir?" La respuesta que había que dar era ésta "La presente emisión de participaciones preferentes se dirige a todo tipo de inversores en España.Menores de edad con representante legal con su NIF y fecha de nacimiento del menor".
En tal telaraña cayeron incluso dos primas de la madre de la actual presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, tal y como publicó este diario el pasado 2 de junio en el suplemento Mercados.
Sin embargo, la propia presidenta de la CNMV , que ha expedientado a
Bankia -que ha absorbido a Caja Madrid- por malas prácticas con las preferentes,  descartaba en el Parlamento que se pudiera hablar técnicamente de "estafa", porque en el folleto de emisión sí se avisaba de que la remuneración dependía de que hubiera beneficios en la entidad.

En las cinco páginas del argumentario de Caja Madrid también se deslizaba un párrafo perdido aparentemente contradictorio con el resto: "El pago de la remuneración está condicionada a la existencia de beneficios distribuibles de Caja Madrid". Iba claramente en contra de lo que aparecía en letra grande en la página uno, que era la promesa de rentabilidad segura hasta 2019. Pero ¿se fijó alguien? ¿se le explicó a alguien? Al contrario, en el propio argumentario se recordaba que la entidad obtenía siempre beneficios.
 "La gente tiene la costumbre de no leer nunca la letra pequeña", señaló el propio Blesa el 28 de noviembre en el Parlamento. El ex presidente de Caja Madrid, como tantos otros ex banqueros de entidades rescatadas por el contribuyente, merecen un juicio justo y bien instruido, pero es indudable que hay que depurar responsabilidades.
Postdata. Gracias por los comentarios. Como piden algunos lectores merece la pena comparar lo que decía el argumentario a los clientes con lo que Caja Madrid comunicó formalmente a la CNMV en su folleto oficial de emisión para que el órgano supervisor se lo autorizara.
Así se explicaba la caja en el documento oficial.
"Durante los primeros quince (15) años de la Emisión dicha Remuneración estará comprendida entre el tipo de interés mínimo del tres por cien to (3 %) y el tipo máximo del cinco por ciento (5 %), sin que exista inferior o superior ningún límite a partir de dicho periodo. Por excepción, durante los dos primeros periodos trimestrales de devengo de la Remuner a ción ésta será fija, a un tipo del cinco por ciento (5 %) nominal (5,09% TAE).
El pago de esa Remuneración quedará condicionado a :
(i) que exista Beneficio Distribuible (tal y como este término se define más adelante) del ejercicio fiscal anterior,
(ii) que la suma de Remuneraciones pagadas a todas las Participaciones Preferentes y cualesquiera otros valores equiparables del Garante y de sus Filiales durante el ejercicio en curso, junto con las Remuneraciones que se pretenda satisfacer re s pecto de dichos valores en el trimestre natural en curso, no superen el Beneficio Distribuible de la Caja del ejercicio anterior,
y (iii) las limitaciones impuestas por la normativa sobre recursos propios de entidades de crédito, todo ello en los términos descritos en el apartado 2.10.1.b de este Folleto
¿Era esta mención en el críptico folleto oficial suficiente para advertir del peligro a todo tipo de inversores? Claramente no.

http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/contraopa/2013/06/12/asi-vendia-blesa-las-preferentes.html

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