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lunes, 27 de abril de 2015

La fiscalía exculpa al PP de delito fiscal aunque certifica la caja b era suya

La fiscalía exculpa al PP de delito fiscal aunque certifica la caja b era suya

Barcenas

El ministerio público pide el archivo de la causa para el PP por un delito fiscal de 2008

A los extesoreros les atribuye los delitos de apropiación indebida y falsedad documental

La Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado no aprecian delito fiscal en el Partido Popular —en este caso en su representante legal porque las formaciones políticas no eran imputables cuando ocurrieron los hechos— por los 888.000 euros que recibió como donaciones ilegales en 2008 y que dedicó al pago en dinero negro —no declarado a Hacienda— de las obras de reforma de su sede central, en la calle de Génova 13 de Madrid.

El ministerio público y la Abogacía del Estado entregaron ayer en la Audiencia Nacional sus escritos de conclusiones sobre el caso Bárcenas, la investigación derivada del caso Gürtel sobre la existencia de una caja b en el PP controlada por sus extesoreros Álvaro Lapuerta y Luis Bárcenas entre 1990 y 2008. Durante esos años, el PP ingresó en donativos ilegales cerca de ocho millones de euros que pagaban empresas contratistas de la Administración pública que tenían prohibido por ley hacer este tipo de regalos a partidos políticos.
Anticorrupción y la Abogacía del Estado sostienen en sus escritos que el PP se financió ilegalmente durante 18 años, algo que en aquellos años ni siquiera era delito. Y solo acusan por un motivo accesorio: parte de ese dinero de la supuesta financiación ilegal fue destinado a pagar las obras de reforma de la sede del PP en 2008. Por esa razón, fiscalía y Abogacía atribuyen cooperación necesaria de los extesoreros del PP en los delitos fiscales cometidos por el arquitecto encargado de la reforma de la sede, que ingresó por toda la obra 1,55 millones de euros en dinero b del PP.
El escrito de la Abogacía del Estado es más duro que el de Anticorrupción en la petición de penas, al introducir también el delito fiscal por impago de IVA, y elevar de 194.000 euros a más de un millón la cantidad que deberían pagar los acusados por el fraude fiscal cometido.
Álvaro Lapuerta, a la salida de la Audiencia Nacional, en 2014. / Kike Para
Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía Anticorrupción asumen el criterio de la Agencia Tributaria, que ha defendido en tres informes remitidos al juez que los partidos políticos están exentos del pago de impuestos por donaciones ilegales. El juez Pablo Ruz y la sección Cuarta de la Audiencia Nacional defienden que si las donaciones recibidas, como ocurrió en el caso del PP, incumplen la Ley de Financiación de Partidos, estas deben pagar impuestos como ingreso extraordinario.
En su escrito, el fiscal anticorrupción encargado del caso, Antonio Romeral, reclama cinco años de prisión para los extesoreros del partido Álvaro Lapuerta y Luis Bárcenas, a los que acusa de apropiación indebida —quedarse dinero de la caja b del PP—, falsedad documental y delito contra la Hacienda Pública. El fiscal considera al PP responsable civil subsidiario de los delitos cometidos por sus extesoreros, que eran representantes legales del partido en la gestión del pago de sus impuestos.
Hace apenas un mes, el pasado 23 de marzo, el juez Ruz dio por concluida la investigación sobre los papeles de Bárcenas. En un auto de 190 páginas consideró acreditado que el Partido Popular dispuso de una caja b (una contabilidad opaca) entre 1990 y 2008 con la que sufragó campañas electorales, sobresueldos a dirigentes y las reformas de sus locales, entre ellas la de la emblemática sede central de la calle de Génova, 13, en Madrid. Ruz considera en su escrito que existen “sólidos y fundados indicios” de que el partido del Gobierno se sirvió durante esos 18 años y de forma “sistemática” de “diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal”.
El fiscal se abona a esta tesis al señalar en su escrito de acusación que los extesoreros Bárcenas y Lapuerta “gestionaron de consuno fondos en metálico aportados a la formación política por donantes de quienes no podían recibir los mismos de acuerdo con la legislación de financiación de partidos políticos”.
El ministerio público dice que “del ingreso y gasto de esos caudales no se dejó constancia en la contabilidad” que el PP presentaba ante el Tribunal de Cuentas y que parte de ese dinero se ingresaba en las cuentas de donativos oficiales del partido mediante el sistema de trocear las donaciones en cantidades inferiores a 60.000 euros, que era el límite permitido por la ley.
El escrito da veracidad a los papeles de Bárcenas, los manuscritos que conformaban la contabilidad paralela del PP y que publicó EL PAÍS en enero de 2013. El dinero “siempre en efectivo y ajeno a todo control del departamento de contabilidad y del cajero del PP” se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas.
El fiscal cuenta que en 2007 se anotaron ingresos en la caja b del PP por 542.000 euros y en 2008, por valor de 1,11 millones. En ese ejercicio se destinaron 888.000 euros de esa contabilidad paralela al pago de las obras de reforma de la sede nacional del PP.
En la declaración del impuesto de sociedades elaborado por Bárcenas como tesorero en 2009 no se hizo mención a estos ingresos del ejercicio anterior porque el PP consideró que, según la ley, estaba exento de tributar.
Dos informes de Hacienda han considerado que las donaciones —incluso las recibidas al margen de la ley— están exentas de tributar. En el último informe, elaborado a petición del juez Ruz y bajo la premisa de que las donaciones ilegales pagan el impuesto de sociedades, Hacienda expuso que la cuota presuntamente defraudada superaba los 220.000 euros. En el mismo informe, el perito que firmaba el estudio elaboraba por su cuenta otro cálculo con una fórmula distinta, que arrojaba un fraude de 25.630 euros. Esta cifra, por debajo del umbral del delito fiscal, que se sitúa en 120.000 euros, es la que usa el fiscal para exonerar al PP de este tipo penal.
 
 http://politica.elpais.com/politica/2015/04/27/actualidad/1430140220_171526.html
 

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